Dos textos, un solo cuadrante.
El Estatuto se aplica a todos; el convenio veterinario, publicado en el BOE el 21 de septiembre de 2026 y vigente de 2026 a 2028, se aplica a veterinarios asalariados y auxiliares de todo el país. Donde el convenio es más protector (descanso semanal de 36 horas, pausas pagadas), manda el convenio. Su resumen está en nuestra guía del III Convenio.
Las duraciones: lo que el mes no puede superar.
Los descansos: las restricciones más duras del cuadrante.
Guardias, disponibilidad y noches: tres regímenes.
- Guardia presencial: tiempo de trabajo, con sus descansos.
- Disponibilidad (art. 44): no es trabajo salvo intervención; tope anual, nunca más de dos fines de semana seguidos. Ver la guía de la disponibilidad.
- Noche (art. 38.5 del convenio, art. 36 del Estatuto): de 22:00 a 6:00, plus del 30 % del valor de la hora (art. 29 y anexo I); el trabajador nocturno, 8 h diarias de media y sin horas extra. Ver la guía del trabajo nocturno.
La lista de control del cuadrante mensual.
- Horas de cada persona frente a su objetivo del año.
- Ninguna jornada de más de 9 horas sin acuerdo escrito, ninguna de más de 12.
- 12 horas entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente, guardias incluidas.
- 36 horas seguidas cada semana, y un fin de semana libre sin disponibilidad cada cuatro.
- Como mucho dos fines de semana de disponibilidad seguidos.
- Las horas extra, registradas cada día.
La versión con herramienta.
Con Djed, las reglas que usted fija (días libres, topes de días por semana, días seguidos, días de descanso tras la guardia, cierres) son restricciones que el motor no incumple al componer el mes. Son reglas por días que se aproximan al convenio: los límites en horas (12 horas entre jornadas, 36 horas semanales, máximo diario, tope anual) no los comprueba. La conformidad se valida con su asesoría laboral.
Fuentes y fecha de verificación.
- Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015), arts. 34, 35, 36 y 37.
- III Convenio colectivo de centros y servicios veterinarios, BOE-A-2026-19605, arts. 29, 38, 40, 42, 43 y 44, y anexo I.
Textos releídos en el BOE el 5 de octubre de 2026. Esta guía no es asesoramiento jurídico: para su caso, consulte a su asesoría laboral.
Dónde seguir.
- El resumen del convenio del sector, jornada anual, disponibilidad y noches: el III Convenio de centros y servicios veterinarios.
- El descanso exacto tras una guardia, caso por caso: descanso tras la guardia veterinaria.
- Cuándo la localización cuenta como jornada y sus topes propios: la disponibilidad del art. 44.
- Si piensa en jornadas largas, lo que permite el art. 38.6: jornadas de 12 horas.
- Las noches, plus del 30 % y límites del trabajador nocturno: trabajo nocturno en la clínica veterinaria.
- Probar esas horas, que es una obligación legal aparte: el registro de jornada.
Preguntas frecuentes.
¿Cuántas horas de descanso hay entre dos jornadas?
12 horas, según el art. 34.3 del Estatuto y el art. 40 del III Convenio veterinario.
¿Cuántas horas extra se pueden hacer al año?
80 como máximo; en el convenio veterinario son voluntarias (art. 43) y se pagan al 150 % (anexo I).
¿Djed aplica el convenio por sí solo?
No. Usted fija reglas por días (días libres, topes, días de descanso) y el motor no las incumple; los límites en horas del convenio no los comprueba, y la conformidad se valida con su asesoría laboral.